DISPOSICIONES COMUNES A LOS DERECHOS PERSONALES Y REALES

TÍTULO I. Prescripción y caducidad.
TÍTULO IIPrivilegios
TÍTULO III. Derecho de retención.
TÍTULO IV. Disposiciones de derecho internacional privado.
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FUNDAMENTOS DEL ANTEPROYECTO DE CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN.


Disposiciones de derecho internacional privado.
Las normas de derecho internacional privado constituyen un sistema destinado a favorecer la coordinación entre el ordenamiento argentino y los sistemas jurídicos de los demás Estados con los cuales se vinculan las situaciones privadas internacionales, cada vez más complejas en una realidad intensamente comunicada e interconectada. 
A pesar de la evolución constante de esta rama del derecho, los Estados de la región se encuentran en un proceso de codificación –ya sea con leyes aprobadas o proyectos en estudio- con el propósito de incrementar la previsibilidad y la estabilidad de las relaciones de derecho privado. 
Frente a diversas opciones legislativas, se proponen soluciones que resultan familiares a la República Argentina, por plasmar consensos alcanzados gracias a una fluida trama de convenciones internacionales aquí vigentes.
En atención a la complejidad intrínseca de las controversias vinculadas a más de un derecho –por los sujetos implicados, por el despliegue de las conductas, por la ubicación de los bienes, etcétera- se han preferido soluciones que sean a la vez sencillas y de cierta flexibilidad, a fin de favorecer el equilibrio entre la certeza y la necesidad de adaptación particular al caso, muchas veces rebelde a encuadramientos rígidos.
Se han aprovechado las soluciones consagradas en la República Argentina y se han incorporando los aportes que brindan las modernas legislaciones sobre la materia (Código Civil de Quebec de 1994, Libro X; Código de Derecho Internacional Privado, Bélgica; Ley Federal sobre Derecho Internacional Privado de Suiza, Ley italiana de Derecho Internacional Privado, 1995; Acta Introductoria del Código Civil alemán, 2009; Código Civil del Perú; Proyecto de Ley General de Derecho Internacional Privado de Uruguay; Ley de Derecho Internacional Privado de Venezuela, 1998, Proyecto de Ley Modelo de Derecho Internacional Privado, México, entre otros). 
Se han ponderado los instrumentos surgidos de otras fuentes, tanto tratados (Tratados de Derecho Civil de Montevideo de 1889 y 1940, Código de Bustamante de Derecho Internacional Privado, de 1928), como convenciones, vigentes en Argentina o no, emanadas de organizaciones internacionales. Se han considerado también, las insoslayables propuestas de los foros de codificación, tanto universal (Conferencia de La Haya - Comisión de Naciones Unidas para la Unificación del Comercio Internacional [UNCITRAL o CNUDMI]), como continental (Conferencia Interamericana de Derecho Internacional Privado [CIDIP]) o regional (Mercosur, Unión Europea).
Se han tenido presentes las soluciones jurisprudenciales y las reflexiones de la autorizada doctrina que enriquece día a día la materia; también, y muy especialmente, el Proyecto de Código de Derecho Internacional Privado de 2003, pues en buena parte recoge las reformas anteriores, sin obviar el Proyecto Goldschmidt de Código de Derecho Internacional Privado y el Proyecto de Reformas al Código Civil (Comisión Decreto 468/92), entre otros valiosos esfuerzos.
Indudablemente, las soluciones aportadas están inspiradas e impregnadas por el derecho internacional de los derechos humanos.
Se han abordado en forma breve pero necesaria ciertos aspectos de los llamados “problemas generales de la disciplina”, que fijan el espíritu y las bases del sistema: modernas tendencias y practicidad en la aplicación del derecho extranjero, voluntad de coordinar sistemas en la aceptación del reenvío como principio general, moralización de las conductas por la sanción del fraude a la ley y búsqueda de equilibrio entre la autonomía de la voluntad y las normas y principios que expresan valores irrenunciables del orden jurídico.
Se ha considerado conveniente no introducir una regulación para el problema de las “calificaciones” pues se trata de un tópico en el que es preferible dejar que la ciencia del derecho internacional privado continúe su evolución, sin obligar a los jueces a razonar conforme a criterios abstractos.
El derecho internacional privado actual no puede prescindir de una localización jurisdiccional de los conflictos, motivo que ha llevado a prever ciertas normas de jurisdicción internacional. 
Este sector es de naturaleza federal – tal como lo ha reconocido la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación - pues delimita el ámbito del ejercicio de la soberanía jurisdiccional del propio Estado frente a la jurisdicción de Estados extranjeros. 
Esta problemática es abordada en general, enunciando los institutos fundamentales de la materia, y en particular, al tratar cada uno de los sectores especiales.
En cuanto a los primeros, se regula: la autonomía de la voluntad en la elección y en la prórroga de la jurisdicción, el foro de necesidad, la competencia para el dictado de medidas cautelares, el foro del domicilio del demandado, las jurisdicciones exclusivas, la regulación de la litispendencia, la igualdad de trato en el acceso a la jurisdicción, la cooperación jurisdiccional y la asistencia procesal internacional.
Sólo de manera excepcional se ha alterado el principio de la aceptación de foros concurrentes y se ha dado la nota de exclusividad en la competencia de los jueces argentinos, con la consecuencia típica de impedir efectos en el foro de decisiones de tribunales extranjeros sobre ciertas materias bien definidas.
En materias disponibles se reserva un amplio margen para el juego de la autonomía de la voluntad que se plasma en la posibilidad de las partes de elegir el juez competente o de someter el conflicto a solución mediante la vía del arbitraje, sin desmedro de las situaciones que exigen la intervención exclusiva de los tribunales de la República Argentina.
El “foro de necesidad” consagra normativamente una solución creada por nuestros tribunales para evitar la denegación internacional de justicia y se establece como principio explícito el de la cooperación jurisdiccional en materia civil, comercial y laboral. 
Las reglas relativas a la igualdad de trato y a los principios de cooperación jurisdiccional y asistencia internacional, colocan a nuestra legislación de fuente interna en una línea de gran afinidad con el Protocolo de Las Leñas de cooperación y asistencia jurisdiccional en materia civil, comercial, laboral y administrativa.
Las normas de derecho internacional privado sobre ámbitos especiales comprenden: las personas humanas, las obligaciones alimentarias, las relaciones de familia (matrimonio, unión convivencial, filiación, responsabilidad parental y problemática sobre protección de niños y adolescentes), la situación de las personas incapaces, el derecho internacional privado de las sucesiones, los actos jurídicos, contratos en general y contratos de consumo, temas de responsabilidad civil, títulos valores, derechos reales y el instituto de la prescripción.
En todo lo atinente a la “persona humana”, su estado civil y emplazamiento familiar, es indudable el impacto de los derechos fundamentales, de su reconocimiento normativo y de la necesidad de favorecer su operatividad y ejercicio.
Siguiendo la tradición de nuestro sistema, las normas relativas a la capacidad y al nombre de la persona humana han mantenido la conexión del “domicilio” como centro de gravedad. 
Se han aprovechado las sabias soluciones del Código Civil argentino y las plasmadas en el Proyecto de Código de Derecho Internacional Privado de 2003.
El derecho internacional privado del matrimonio ha seguido los lineamientos generales de la reforma del Código Civil introducida por la ley 23.515, que ha tenido buena recepción en la doctrina y en la jurisprudencia. 
El ensanchamiento de la categoría “matrimonio” en la legislación de fuente interna de la República Argentina torna previsible la compatibilidad de nuestro ordenamiento jurídico con soluciones legislativas extranjeras.
Se ha mantenido el “lugar de celebración” del matrimonio como punto de conexión para regular la validez/nulidad del acto matrimonial así como también la prueba de la existencia del matrimonio, puesto que responde a la más arraigada tradición jurídica del derecho comparado en general. Asimismo, se ha mantenido la tradición argentina en el tratamiento de ciertos impedimentos dirimentes. 
En cuanto a los efectos del matrimonio, se ha conservado el “domicilio conyugal” como centro de gravedad para la designación del derecho aplicable, con la determinación del tiempo crítico en el “primer domicilio conyugal” para regular el régimen de bienes en el matrimonio; en este caso, se admite la facultad de los esposos de optar por el derecho argentino en el supuesto de “cambio de domicilio a la República”, en tanto la voluntad sea expresada por instrumento público y no afecte derechos de terceros, solución inspirada en los proyectos anteriores.
Frente a la realidad de nuevas formas familiares, se ha regulado la “unión convivencial”, tanto en los aspectos de jurisdicción internacional como de derecho aplicable.
La obligación alimentaria ha recibido el tratamiento de una categoría autónoma, con su específica localización, que responde a las modernas tendencias y encuentra su fundamento en el derecho de la persona humana a la satisfacción de sus necesidades más elementales.
La República Argentina ha carecido de normas de derecho internacional privado en la fuente interna sobre los problemas de filiación vinculados a más de un sistema jurídico. 
Los jueces se han esforzado en interpretar los artículos 20 a 22 del Tratado de Derecho Civil Internacional de Montevideo de 1940 de manera flexible y favorable a los derechos del hijo, con resultados dispares. 
Las soluciones propuestas en materia de “filiación” siguen la tendencia observada en las legislaciones extranjeras, decididamente favorable a abrir foros alternativos a elección de la parte actora y a regular las diversas acciones mediante normas de conflicto materialmente orientadas.
Se han distinguido dos categorías, a saber, el “establecimiento y la impugnación de la filiación” y el “acto de reconocimiento de hijo”, por entender que presentan suficiente particularidad en la configuración fáctica del supuesto como para justificar conexiones diferentes, todas ellas fundadas en el principio de proximidad. 
El resultado son normas flexibles, que prevén la elección por parte del actor en lo relativo al juez competente, entre un abanico de posibilidades, y la elección por parte del juez en lo que concierne al
derecho aplicable, con la orientación de preferir aquella ley “…que tuviere soluciones más satisfactorias a los derechos fundamentales del hijo”.
En atención a que la realidad a regular es muy compleja, se ha preferido el punto de conexión “domicilio” –si bien junto con otras alternativas que buscan la mayor adecuación a la realidad fáctica del eventual supuesto- pues esa localización da mayor certeza en una problemática que comprende las consecuencias jurídicas de la concepción y del nacimiento de todo ser humano.
No se nos escapa que el derecho de fondo en cuestiones de filiación se encuentra en plena evolución, con grandes diferencias en las legislaciones nacionales. 
Por ello, se ha incluido una norma específica que sienta el principio del reconocimiento de todo emplazamiento filial constituido de acuerdo con el derecho extranjero, en tanto sea compatible con los principios de orden público de nuestro país.
Las acuciantes necesidades de la infancia en abandono han motivado la regulación de algunos aspectos de la adopción en el plano internacional. 
Se ha incluido una norma de jurisdicción argentina exclusiva para juzgar todo lo atinente a niños domiciliados en la República Argentina. 
La intervención de la autoridad judicial argentina asegura el respeto de la ley de fondo nacional y la interpretación por los jueces argentinos de la reserva que nuestro país formuló al artículo 21, incisos b, c, d y e de la Convención sobre los Derechos del Niño.
En cuanto al derecho aplicable, la solución se asienta en la práctica de los estados de América Latina proclives a abrir la jurisdicción por el domicilio del candidato a ser adoptado y a aplicar la lex fori.
La propuesta pone el acento en la inserción de adopciones constituidas en el extranjero –internacionales o simplemente extranjeras- en la República Argentina. 
No se trata del mero reconocimiento en Argentina de sentencias extranjeras de adopción, sino de una regla que ensancha las posibilidades que actualmente ofrece la legislación. 
Se favorece la coordinación de nuestro sistema jurídico con los sistemas extranjeros pues se toma como ordenamiento de referencia el del “domicilio del adoptado” al tiempo del otorgamiento de la adopción, que comprende no sólo los emplazamientos constituidos en ese Estado, sino también toda solución que sea susceptible de ser reconocida en ese Estado.
Otra novedad consiste en la atribución de jurisdicción para las acciones de anulación o de revocación de una adopción, tanto a los jueces del “lugar de otorgamiento” –solución tradicional recogida en la Convención Interamericana sobre Conflictos de Leyes en Materia de Adopción de Menores de 1984- como a los jueces del “domicilio del adoptado”, foro que se ha revelado necesario en ciertas situaciones en que las autoridades competentes del centro de vida del niño advierten desvíos o vicios en la finalidad de la adopción.
El centro de gravedad en la materia “responsabilidad parental y otros institutos de protección” se ha fijado en la residencia habitual del niño, que es la tendencia recogida en las legislaciones nacionales a partir de la vigencia de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Respecto de la problemática de la restitución internacional de niños, se ha previsto extender los principios contenidos en las convenciones internacionales vigentes para la República Argentina a todos los supuestos que no entran en el ámbito de aplicación de tales tratados. Una de las premisas es regular explícitamente algunas conductas de cooperación que se han revelado eficaces para garantizar la seguridad de los niños en la etapa posterior a una orden judicial de restitución.
El tratamiento del derecho de las “sucesiones” con elementos extranjeros ha respetado las líneas de la jurisprudencia mayoritaria de nuestro país, tanto en cuanto al juez competente como al derecho aplicable. 
Se aplica, pues, el derecho del último domicilio del causante como regla general, con excepción del supuesto de bienes inmuebles situados en la República, a los que se aplica la ley argentina.
Se ha mantenido la regla que favorece la validez formal de los testamentos otorgados en el extranjero, así como también la regulación del testamento consular. 
En el supuesto excepcional de ausencia de herederos en caso de sucesión regida por un derecho extranjero, se ha introducido una norma inspirada en la Ley Italiana de Derecho Internacional Privado, que trata los derechos del Estado argentino, o de la ciudad autónoma o de la provincia donde los bienes están situados.
La regulación de los actos jurídicos comienza con un único artículo relativo a la “forma”, que recoge soluciones muy arraigadas del Código Civil, que aparecen, asimismo, en los proyectos de reforma a partir del Proyecto Werner Goldschmidt de Código de Derecho Internacional Privado.
A continuación se regula lo atinente al derecho internacional privado contractual.
Comprende jurisdicción internacional y derecho aplicable. Se consagra el principio de la autonomía de la voluntad, receptado en la jurisprudencia de nuestros tribunales, en la doctrina mayoritaria, en las soluciones adoptadas en el derecho comparado y en convenciones de las que nuestro país forma parte (a excepción de los Tratados de Montevideo, instrumentos en los cuales, sin embargo y conforme se admite en la jurisprudencia mayoritaria, la autonomía encuentra una recepción indirecta).
Las soluciones propuestas cuentan con gran consenso en el derecho comparado, en el Proyecto de Código de Derecho Internacional Privado argentino de 2003, en la jurisprudencia de nuestro país y en la doctrina argentina. 
El acuerdo válido de elección de juez se rige por los artículos 2605, 2606 y 2607 (Capítulo 2 del Título IV). 
En ausencia de acuerdo sobre el juez competente, se prevén jurisdicciones concurrentes a elección del actor, entre los tribunales del domicilio del demandado o los tribunales del lugar de cumplimiento “de cualquiera de las obligaciones contractuales” o los jueces del lugar donde se ubica una agencia, sucursal o representación del demandado, siempre que haya participado en la negociación o celebración del contrato. Se ha preferido la interpretación amplia del artículo 1215 del Código Civil actual, de conformidad con la línea jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. 
La elección de foro no supone la elección del derecho aplicable en ese país.
La autonomía de la voluntad debe manifestarse en forma expresa o “resultar de manera cierta y evidente de los términos del contrato o de las circunstancias del caso”. 
Se admite el dépéçage por voluntad de las partes y la facultad de los contratantes de convenir posteriormente la aplicación de una ley distinta, en tanto no se afecte la validez del contrato o los derechos de terceros. 
Cuando se ejerce la autonomía de la voluntad, se descarta la consideración del derecho internacional privado del país del derecho elegido (exclusión del “reenvío”), de conformidad con el consenso general en materia contractual.
Según la práctica frecuente en la realidad argentina, se admite expresamente el ejercicio de la autonomía en su despliegue material, facultando a las partes a crear disposiciones contractuales que desplacen las normas coactivas del derecho elegido.
También son aplicables los usos y prácticas comerciales, las costumbres y los principios del derecho comercial internacional, cuando las partes los han incorporado al contrato.
Esta regla integra a la autonomía material de la voluntad, la tendencia contemporánea a regir el contrato por principios o normas del llamado “derecho blando” (soft law), elaborado en el seno de organizaciones intergubernamentales.
En cuanto a los límites de la autonomía de la voluntad, se hace especial referencia a los principios de orden público y a las “normas de policía” –llamadas también normas internacionalmente imperativas o normas de aplicación inmediata, según las
Disposiciones generales- tanto del foro como de terceros Estados que guardan una relación económica preponderante con el caso. 
Las distinciones entre diferentes categorías de normas internacionalmente imperativas extranjeras –según los vínculos económicos del caso con el Estado que las ha dictado- son conformes a los consensos
doctrinales en nuestro medio. 
Asimismo, se ha mantenido el principio de ineficacia de contratos hechos para violar normas internacionalmente imperativas de un Estado extranjero “de necesaria aplicación al caso”, regla que siempre ha sido considerada como un valioso estándar moral del Código Civil de Vélez Sarsfield.
En cuanto al sistema que ha de regir el contrato en defecto del ejercicio por las partes de la facultad de elegir el derecho aplicable, nuestra propuesta se inclina por una de las posibles opciones legislativas que refleja el principio de la búsqueda del derecho con el cual la relación tiene vínculos estrechos. Se ha preferido las leyes y usos del país del “lugar de cumplimiento”, entendiendo por tal, si no está designado o no resultare de la naturaleza de la relación, “el domicilio actual del deudor obligado a cumplir la prestación más característica del contrato”. 
Se ha dado preferencia, pues, a la tradición jurisprudencial argentina, formada bajo la inspiración de la Convención de Roma de 1980 sobre ley aplicable a las obligaciones contractuales, frente a otras opciones propias de los sistemas anglosajones, que no tuvieron buena recepción en nuestro medio por su excesiva flexibilidad.
En esta Sección se incorpora una cláusula escapatoria que consagra, en la específica materia contractual, el principio general contenido en las Disposiciones generales. Las facultades excepcionales que se atribuyen al juez están fundadas en el principio de proximidad y dan flexibilidad al sistema de derecho internacional privado contractual.
En cuanto a las categorías de contratos especiales, la propuesta se limita a “contratos de consumo” por representar el punto de inflexión del principio de la autonomía de la voluntad debido a la presencia de una parte contratante débil que requiere la tutela del ordenamiento jurídico.
Respecto de otras categorías contractuales, se ha concluido que es preferible dejar en manos del juez la concreta adaptación de las normas generales a las particularidades concretas del caso.
En el contrato de consumo no se admiten los acuerdos de elección de foro y tampoco se acepta el ejercicio de la autonomía de la voluntad en cuanto al derecho aplicable. 
Se ha previsto un abanico de foros disponibles, todos ellos razonablemente previsibles, a favor del consumidor actor. 
En cambio, la demanda contra el consumidor sólo puede ser llevada ante los jueces de su domicilio. 
En cuanto al derecho aplicable, la propuesta sigue soluciones que gozan de consenso en numerosas fuentes, con una clara orientación material a favor de la parte débil, pero sin descuidar la previsibilidad que garantiza el derecho de defensa del cocontratante del consumidor.
Se suprime el ejercicio de la autonomía de la voluntad en esta materia.

La siguiente Sección contempla las reglas aplicables a la “responsabilidad civil”.
En punto a la jurisdicción competente se ha optado por atribuirla, a opción del demandante, a los tribunales del domicilio del demandado o a los tribunales del lugar en que se ha producido el hecho generador del daño o donde éste produce sus efectos dañosos directos, abriendo un espectro de foros con proximidad justificada con los hechos del caso o con la comisión del hecho ilícito.
Respecto de derecho aplicable, se ha optado por el criterio actualmente prevaleciente en el derecho comparado, que asigna la mayor relevancia como contacto determinante, al derecho del país donde se produce el daño, independientemente del país donde se haya producido el hecho generador del daño y cualesquiera que sean el país o los países en que se producen las consecuencias indirectas del hecho en cuestión. 
Sin embargo, siguiendo una línea flexible inaugurada por la jurisprudencia y receptada legislativamente, se admite también que si la persona cuya responsabilidad se alega y la persona perjudicada tuviesen su domicilio en el mismo país, se aplique el derecho de dicho país.

Se ha incluido el tratamiento de los títulos valores y el cheque.
En la materia se han tenido como fuentes la Convención Interamericana sobre Conflictos de Leyes en Materia de Letras de Cambio, Pagarés y Facturas (CIDIP I), Panamá, 1975, los Tratados de Montevideo, el Proyecto de Código de Derecho Internacional Privado de 2003 y el Proyecto de Ley General de Derecho Internacional Privado, Uruguay, cuyas soluciones razonables representan el pensamiento actual de los países americanos. 
Así, en materia de jurisdicción se acepta como criterio atributivo de jurisdicción el lugar donde la obligación deba cumplirse o el del domicilio del demandado, a opción del actor. 
En relación con el derecho aplicable se adopta el principio de autonomía de las obligaciones cambiarias, pero armonizando ciertas soluciones con el principio de la unidad.
En relación al cheque se ha admitido la regla del artículo 33 del Tratado de Derecho Comercial Terrestre de Montevideo de 1940, la Convención Interamericana sobre conflictos de leyes en materia de cheques (CIDIP II), Montevideo, 1979; el Proyecto de Código de Derecho Internacional Privado de 2003, que someten a un mismo derecho todo lo relativo al término de presentación, a los tipos de cheques, los derechos del tenedor y girado y la necesidad del protesto u otros actos equivalentes se regulan por la ley del Estado donde el cheque debe pagarse, solución que coincide con las previsiones de
nuestro derecho interno (artículo 3, ley 24.452, modificada por ley 24.769). 
En materia de jurisdicción hemos seguido la doctrina judicial que faculta al tenedor del cheque para ejecutarlo ante el domicilio del demandado si se domicilia en la República.
En materia de “derechos reales” y siguiendo una regla universalmente aceptada, la calificación del inmueble se sujeta al derecho del país de la situación del bien. 
En materia de jurisdicción también se mantiene la solución según la cual son competentes los tribunales del Estado de situación del inmueble para entender en las acciones reales sobre dichos bienes. 
Se ha efectuado una distinción entre acciones reales sobre bienes registrables y sobre bienes no registrables, sometiendo las primeras a los tribunales del Estado de registro, y las segundas a los foros concurrentes del domicilio del demandado o del lugar de situación de los bienes no registrables.
Respecto del derecho aplicable, se ha mantenido la clasificación de bienes seguida en el Código Civil actual, que responde a nuestra cultura jurídica y a la doctrina asentada en la República, si bien significa un apartamiento –en la fuente interna- de las soluciones de fraccionamiento puro adoptadas en los Tratados de Derecho Civil Internacional de Montevideo de 1889 y de 1940.
Finalmente, la última norma proyectada trata del instituto de la prescripción. 
En todas sus variantes, la prescripción se somete a la ley que rige la sustancia del litigio. 
La solución responde a las normas contenidas en ambos Tratados de Derecho Civil Internacional de Montevideo, las que, fuera del ámbito propio de aplicación de dichos instrumentos, han inspirado las soluciones de nuestros tribunales.

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Bienes adquiridos conjuntamente por los cónyuges Bienes afectados a un servicio público Bienes con relación a las personas Bienes con relación a las personas y los derechos de incidencia colectiva Bienes con relación a los derechos de incidencia colectiva Bienes de los cónyuges Bienes de los particulares Bienes del dominio privado del Estado Bienes excluidos de la garantía común Bienes fuera del comercio Bienes gananciales Bienes pertenecientes al dominio público Bienes propios Bienes que constituyen la garantía común Bigamia Boleto de compraventa de inmuebles Buena fe contractual Buena fe en la celebración del matrimonio Búsqueda por el propietario de un tesoro Caducidad de la fianza Caducidad de los derechos Caducidad del plazo Calificación del contrato Cambio de domicilio Cambio de nombre Camino de sirga Canon Capacidad Capacidad de derecho Capacidad de ejercicio Capacidad para donar Carácter supletorio del régimen de comunidad Caracteres de la renuncia Características de los conjuntos inmobiliarios Carga de la prueba del pago Cargo Cargo prohibido Carta de porte Carta de recomendación o patrocinio Cartas de crédito Cartas de intención Casas de depósito Caso fortuito Casos de indivisibilidad Casos en que procede la consignación judicial Categorías de ineficacia Cauce del río Causa de los contratos Causa del acto jurídico Causa ilícita Causales de extinción de la fianza causales de extinción del fideicomiso Causas de disolución del matrimonio Causas de terminación de la tutela Causas del cese de la unión convivencial Causas e indignidad Caza Celebración del matrimonio Cementerios privados cercos y fosos. Cerramiento forzoso urbano Certificado de nacimiento Certificados de participación y títulos de deuda Certificados globales Cesación de la responsabilidad paterna Cese de la incapacidad y de las restricciones a la capacidad Cese de la inhabilitación cesión de contratos o de créditos de dador Cesión de crédito prendario Cesión de derechos Cesión de deuda Cesión de garantías Cesión de herencia Cesión de la locación y sublocación Cesión de la posición contractual Cesión parcial cheque Cierre de cuenta Citación por evicción Clases de arbitraje Clases de certificados en participación o título representativo de deuda Clases de obligaciones Clasificación de las personas jurídicas Clasificación de los contratos Cláusula "salvo encaje" Cláusula resolutoria expresa Cláusula resolutoria implícita Cláusulas abusivas Cláusulas de inenajenabilidad cláusulas que pueden ser agregadas al contrato de compraventa Cobro de la medianería Cobro ejecutivo del saldo Colación de deudas Colación de donaciones Comienzo de existencia de la persona humana Comienzo de existencia de la persona jurídica Comienzo del cómputo de la prescripción liberatoria Comisión Comisión en garantía Comodato Compensación Compensación de saldos Compensación económica Compensación facultativa Compensación judicial compensación por clientela Compraventa Compraventa de cosas muebles Compraventa por junto compraventa sobre muestras Compraventa y contrato de obra Compraventa y permuta Comprobantes de saldos Comunicación al nudo propietario Comunicación al sirviente Concepto de acción directa Concepto de adopciön Concepto de adopción de integración Concepto de adopción plena Concepto de adopción simple concepto de anticresis Concepto de cláusula penal Concepto de comodato Concepto de Condición Concepto de Confirmación concepto de conjuntos inmobiliarios Concepto de contrato de fianza Concepto de contrato de franquicia comercial Concepto de contrato de juego Concepto de contrato de mutuo concepto de contrato de transacción Concepto de contrato oneroso de renta vitalicia Concepto de cuidado personal Concepto de daño concepto de derecho de superficie concepto de derecho real concepto de dominio imperfecto Concepto de dominio perfecto concepto de donación Concepto de fundaciones. Objeto. modo de constitución y patrimonio de las fundación Concepto de habitación concepto de hipoteca Concepto de leasing concepto de mejoras Concepto de obligación Concepto de obligación de hacer Concepto de obligación de no hacer Concepto de obligaciones alternativas Concepto de obligaciones concurrentes Concepto de obligaciones de dar dinero Concepto de obligaciones divisibles Concepto de obligaciones facultativas Concepto de obligaciones indivisibles Concepto de obligaciones simplemente mancomunadas Concepto de obligaciones solidarias Concepto de parentesco concepto de prenda Concepto de préstamo bancario Concepto de progenitor afín Concepto de propiedad horizontal Concepto de responsabilidad parental Concepto de sucesores Concepto de título valor al portador Concepto de títulos valores Concepto de tradición Concepto de uso Concepto de usufructo Concesión Conclusión de la administración judicial Conclusión del contrato de corretaje Concurso público Condena penal Condición implícita Condición pendiente Condición y endoso parcial Condiciones prohibidas Condominio Condominio con indivisión forzosa perdurable Condominio con indivisión forzosa temporaria Condominio de árboles y arbustos Condominio sin indivisión forzosa Condominio sobre accesorios indispensables Condominio sobre muros Conflicto entre los acreedores con privilegio especial Conformidad para la liberación del deudor Confusión Conjuntos inmobiliarios Consentimiento Consentimiento informado Conservación de la empresa conservación y extinción de la Posesión y tenencia ejercicio Conservar la cosa con aptitud para el uso convenido Conservar la cosa en buen estado Consignación extrajudicial Consignación judicial Consorcio Consorcios de cooperación Constitución y autorización de las fundaciones Constitución y prueba de la unión convivencial construcción consumidor Contabilidad y estados contables Contenido de la obligación alimentaria Contenido de la responsabilidad por evicción Contenido del contrato de fideicomiso financiero Contenido del reglamento de propiedad horizontal Continuación de la locación concluida Continuador de la locación Contradocumento Contratación a nombre de tercero Contrato de arbitraje Contrato de consignación contrato de consumo Contrato de factoraje Contrato de fideicomiso Contrato de opción Contrato oneroso de renta vitalicia Contrato para persona a designar Contrato plurilateral Contrato reglado por normas administrativas Contrato sujeto a conformidad Contratos Contratos a titulo oneroso y a titulo gratuito contratos anteriores a la constitución de la propiedad horizontal Contratos asociativos Contratos bancarios Contratos bancarios con consumidores y usuarios Contratos bancarios en particular Contratos celebrado fuera de los establecimientos comerciales Contratos celebrados a distancia Contratos celebrados en bolsa o mercado de comercio Contratos celebrados por adhesión a cláusulas generales predispuestas Contratos conexos Contratos conmutativos y aleatorios Contratos de consumo Contratos de juego y de apuesta Contratos de larga duración Contratos en general Contratos en particular contratos formales Contratos preliminares Contratos unilaterales y bilaterales Contribución a los gastos del hogar de los convivientes Control judicial de las cláusulas abusivas Convalidación Convenio regulador Conversión del acto jurídico Cooperación jurisdiccional Corretaje Cosa suspendida o arrojada Cosa vendida Cosas accesorias Cosas consumibles Cosas de valor Cosas divisibles Cosas muebles Cosas principales Créditos garantizables Créditos instrumentados Créditos que puede ceder el factoreado créditos quirografarios Cuantificación de un valor Cuenta corriente Cuenta corriente bancaria Cuenta definitiva Cuentas de la tutela cuidado personal compartido cuidado personal unilateral Cumplimiento de la condición suspensiva y resolutoria Curatela Custodia de títulos Dación en pago Daño causado por animales Daño no indemnizable Daño resarcible Daños causados a cosas o bienes Daños causados por actos involuntarios de la muerte y de la edad de los establecimientos educativos Deber de asistencia en el matrimonio Deber de buena fe Deber de confidencialidad Deber de contribución a las cargas familiares Deber de prevención del daño deber de resolver Deber moral Deberes de los hijos Deberes de los propietarios de casas de depósitos Deberes inherentes a la posesión Deberes y derechos de los progenitores Deberes y derechos de los progenitores e hijos afines Deberes y derechos sobre el cuidado de los hijos Declaración de legítimo abono Declaración judicial de la situación de adoptabilidad Declaración unilateral de voluntad Defensas de la posesión y la tenencia Defensas del derecho real Definición de apertura de crédito Definición de compensación Definición de compraventa Definición de confusión Definición de contrato de agencia Definición de contrato de agrupación de colaboración Definición de contrato de arbitraje Definición de contrato de cesión de derechos Definición de contrato de concesión Definición de contrato de consignación Definición de contrato de consorcios de cooperación Definición de contrato de corretaje Definición de contrato de cuenta corriente Definición de contrato de depósito definición de contrato de factoraje Definición de contrato de fideicomiso Definición de contrato de locación Definición de contrato de mandato Definición de contrato de obras o de servicios Definición de contrato de transporte Definición de contrato de unión transitoria Definición de contratos Definición de cuenta corriente bancaria Definición de cuentas Definición de dación en pago Definición de depósito necesario Definición de dominio fiduciario Definición de fideicomiso financiero Definición de gestión de negocios Definición de imposibilidad de cumplimiento Definición de los contratos conexos Definición de negocio en participación Definición de novación Definición de obligaciones accesorias Definición de obligaciones principales Definición de pago Definición de pago de beneficio de competencia Definición de permuta Definición de persona jurídica Definición de rendición de cuentas definición de servidumbre Definición de subcontratos Definición de suministro Denuncia de bienes Denuncia de impedimentos para la celebración del matrimonio Depósito Depósito a la vista Depósito a plazo Depósito bancario Depósito en dinero Depósito en hoteles Depósito irregular Depósito necesario Deposito oneroso Derecho Derecho a conocer los orïgenes Derecho a exigir el recibo Derecho a la imagen Derecho de acrecer Derecho de comunicación Derecho de hacer la colación Derecho de opción Derecho de pedir la Partición de la comunidad derecho de recompensa en la sociedad conyugal Derecho de retención Derechos de información y rendición de cuentas Derechos de las comunidades indígenas Derechos del descubridor Derechos del Estado Derechos del fiador Derechos del heredero aparente Derechos del titular sirviente Derechos del usufructuario Derechos individuales y de incidencia colectiva Derechos reales Derechos reales de garantía Derechos sobre el cuerpo humano Derechos y actos personalísimos Derechos y bienes Derechos y deberes de los cónyuges Derechos y deberes de los parientes derechos y deberes del administrador de la herencia Derechos y deberes del nudo propietario del usufructo Derechos y obligaciones del titular dominante Desalojo Descubrimiento de un tesoro Descuento bancario Designación del administrador de la herencia Destrucción de la propiedad superficiaria Deterioro Determinación de la filiación extramatrimonial Determinación de la filiación matrimonial Determinación de la maternidad Determinación del precio en la compraventa Deudas de los cónyuges Deudas que se colacionan Discernimiento de la tutela Disolución de la persona jurídica privada Disolución del matrimonio Dispensa de la prescripción Dispensa judicial disposición jurídica y material disposición sobre el propio cuerpo disposición y administración de los bienes del hijo menor de edad Disposiciones comunes a la prescripción liberatoria y adquisitiva Disposiciones comunes a las obras y a los servicios Disposiciones comunes de los derechos reales de garantía Disposiciones de derecho internacional privado Disposiciones especiales para las obras Disposiciones generales de adopción Disposiciones generales de derecho internacional privado Disposiciones generales de filiación Disposiciones generales de ineficacia de los actos jurídicos Disposiciones generales de la compraventa Disposiciones generales de la Declaración unilateral de voluntad Disposiciones generales de la Locación Disposiciones generales de la partición por ascendientes Disposiciones generales de la posesión y la tenencia Disposiciones generales de la prenda Disposiciones generales de la propiedad horizontal Disposiciones generales de la representación Disposiciones generales de la tutela Disposiciones generales de las obligaciones Disposiciones generales de las obligaciones de dar Disposiciones generales de las servidumbres Disposiciones generales de las sucesiones Disposiciones generales de las sucesiones intestadas Disposiciones generales de las sucesiones testamentarias Disposiciones generales de los contratos asociativos Disposiciones generales de los contratos en general Disposiciones generales de los hechos y actos jurídicos Disposiciones generales de los privilegios Disposiciones generales de los procesos de familia Disposiciones generales de los títulos valores Disposiciones generales de parentesco Disposiciones generales de responsabilidad civil Disposiciones generales de tipos de adopción Disposiciones generales del condominio Disposiciones generales del contrato de cesión de derechos Disposiciones generales del contrato de depósito Disposiciones generales del contrato de donación Disposiciones generales del contrato de fianza Disposiciones generales del contrato de fideicomiso Disposiciones generales del contrato de transporte Disposiciones generales del dominio Disposiciones generales del enriquecimiento sin causa Disposiciones generales del pago Disposiciones generales del proceso sucesorio Disposiciones generales del régimen de comunidad de ganancias Disposiciones generales del saneamiento Disposiciones generales del usufructo Disposiciones generales sobre las formas de los testamentos Disposiciones procesales relativas a la prescripción Disyunción activa Documentos con derecho incorporado Dolo como vicio de la voluntad Dolo esencial Dolo incidental Domicilio Domicilio de la persona jurídica Domicilio especial Domicilio ignorado Domicilio legal Domicilio real Dominio Dominio fiduciario Dominio imperfecto dominio perfecto Dominio revocable Donación donación bajo condición Donación manual Donaciones al Estado Donaciones con cargos Donaciones inoficiosas Donaciones mutuas Donaciones por razón de matrimonio Donaciones remuneratorias Duración del embarazo Edad para testar Efecto relativo de los contratos Efectos Efectos de la acción directa efectos de la adopción de integración efectos de la adopción simple Efectos de la confusión efectos de la donación Efectos de la extinción de la locación Efectos de la extinción de la servidumbre Efectos de la extinción del fideicomiso Efectos de la extinción del usufructo Efectos de la locación Efectos de la nulidad Efectos de la nulidad del contrato celebrado por incapaz Efectos de la nulidad del matrimonio Efectos de la partición efectos de la publicidad Efectos de la renuncia a la herencia efectos de la subasta Efectos de las relaciones de poder en la Posesión y tenencia Efectos de las uniones convivenciales durante la convivencia Efectos de los contratos conexos Efectos del acto inoponible frente a terceros Efectos del cese de la convivencia Efectos del Contrato de fideicomiso Efectos del depósito irregular Efectos del divorcio Efectos del domicilio Efectos entre el deudor y el fiador Efectos entre el fiador y el acreedor Efectos entre los cofiadores Efectos propios de la posesión Efectos propios de la tenencia Eficacia temporal Ejercicio de la tutela Ejercicio de las acciones de responsabilidad Ejercicio de los derechos El régimen de los administradores Emancipación Empleo útil Encubrimiento Endoso Endoso en blanco Endoso en garantía Endoso en procuración Enjambre Enriquecimiento sin causa Entrega de cosa mueble cerrada o bajo cubierta entrega de factura Entrega de la cosa Entrega de la cosa en la Compraventa de cosas muebles Entrega de la documentación en la Compraventa de cosas muebles Enumeración de derechos reales Error como vicio de la voluntad Error de cálculo Error de hecho Error en la declaración Error esencial Error reconocible errores ariméticos Escisión Escritura pública Escritura pública y acta Esponsales Estado de indivisión estado de necesidad y ejercicio regular de un derecho Estipulación a favor de tercero Excepciones al plazo mínimo legal en la locación Excepciones al principio de mora automática Excusas absolutorias Exequias Extensión de la servidumbre extensión del dominio Extinción Extinción de la comunidad Extinción de la comunidad en el matrimonio Extinción de la fianza Extinción de la locación Extinción de la servidumbre Extinción del fideicomiso Extinción del usufructo extinción y oponibilidad de los derechos reales Factores de atribución Facultad de retención Facultades sobre las mejoras útiles o suntuarias Facultades y obligaciones de los propietarios de propiedad horizontal Falta de edad nupcial Fianza fianza general Fianza solidaria Fideicomisario Fideicomiso en garantía Fideicomiso financiero Fideicomiso testamentario Fiduciario Figuras derivadas de la responsabilidad parental Fijación judicial de la compensación económica Filiación Filiación por naturaleza y por técnicas de reproducción humana asistida Fin de la existencia de las personas Finalidad de la acción de deslinde Firma a ruego fondo común operativo Forma de la confirmación Forma de la renuncia a la herencia Forma de las Convenciones matrimoniales forma de las garantías unilaterales Forma de los actos jurídicos Forma de los contratos Forma de los contratos asociativos Forma del contrato constitutivo de hipoteca Forma del contrato de agrupación de colaboración forma del contrato de consorcios de cooperación Forma del contrato de locación Forma del contrato de transacción Forma del contrato de unión transitoria Forma del fideicomiso Forma y prueba del acto jurídico Formación del consentimiento Formación del consentimiento (del contrato de consumo) formas de aceptación de la herencia Formas de los testamentos foro de necesidad Franquicia Fraude Fraude a la ley Frustración de la finalidad Frustración del uso o goce de la cosa frutos Frutos y productos Fuentes de la filiación Fuentes y aplicación Fuerza e intimidación Fuerza mayor. Fuerza obligatoria de la oferta Función de garantía Función preventiva y punición excesiva Función resarcitoria Funcionamiento de la persona jurídica privada Funciones de la responsabilidad Funciones del administrador de la herencia Fundaciones Fundaciones creadas por disposición testamentaria Fusión Garantía común de los acreedores garantía de evicción en la donación Garantía del agente Garantía y aforo Garantías de créditos incorporados Garantías unilaterales Gastos de entrega Gastos funerarios Gestión conducida útilmente Gestión de los bienes en la comunidad Gestión de negocios Gobierno y administración de las fundaciones Grado Grave deterioro o destrucción del edificio Guarda con fines de adopción Guarda de hecho Guia Habitación Hallazgo de cosa perdida Hecho de los hijos Hecho jurídico Hechos de cosas y actividades riesgosas Hechos simples Hechos y actos jurídicos Heredero Heredero renunciante Herederos condicionales Herederos de cuotas Herederos universales Herencia futura Hermanos bilaterales y unilaterales Hipoteca Hipoteca de parte indivisa Impedimentos matrimoniales Imposibilidad de cumplimiento Imposibilidad temporaria de cumplimiento Imprescriptibilidad de la petición de herencia Imprevisión Impugnación de filiación presumida por la ley Impugnación de maternidad Impugnación de reconocimiento Imputación del pago Imputación legal Imputación por el acreedor Imputación por el deudor Incapacidad e inhabilidad para contratar Incorporación de terceros al contrato Incumplimiento de los cargos Incumplimiento del mutuario Indemnización por fallecimiento Indemnización por lesiones o incapacidad física o psíquica Indignidad Indivisibilidad impropia Indivisión forzosa Indivisión forzosa sobre accesorios indispensables Indivisión impuesta por el testador Indivisión postcomunitaria Ineficacia de los actos jurídicos Información en contratos de créditos Información y contralor de las fundaciones Información y publicidad dirigida a los consumidores Infracciones Ingratitud Inhabilidad para suceder por testamento Inhabilidades especiales Inhabilitados Inicio del proceso de adopciön Inmisiones Inmuebles por accesión Inmuebles por su naturaleza Inoponibilidad Inscripción de la adopción Institución y sustitución de herederos y legatarios Instrumentos privados y particulares Instrumentos públicos Intención común Intereses compensatorios Intereses moratorios Intereses punitorios Interpretación contextual Interpretación de la ley Interpretación de los contratos Interpretación de los contratos conexos interpretación del contrato de consumo Interpretación restrictiva Interpretación y aplicación de las normas del matrimonio Interpretación y prelación normativa del contrato de consumo Interrupción de la prescripción Interrupción de la prescripción. Artículo 2544 a 2549 Interrupciön del transporte sucesivo Intimación a aceptar o renunciar la herencia Intimación de pago Invasión de inmueble colindante Inventario y avalúo Investidura de la calidad de heredero Investidura de pleno derecho invitación a ofertar irrevocabilidad de la adopción plena Irrevocabilidad de la garantía unilateral Juegos y apuestas de puro azar Juegos y apuestas regulados por el Estado Juicio de adopción Jurisdicción exclusiva Jurisdicción internacional La categoría de la inoponibilidad. Leasing Legado al acreedor Legado de alimentos Legado de cosa cierta y determinada Legado de cosa gravada Legado de crédito Legado de género Legado de inmueble Legado de universalidad Legado de usufructo Legados legatario Legítima defensa Legitimación activa y pasiva de la acción de deslinde Legitimación para recibir pagos Legitimación pasiva de la acción confesoria Legitimación pasiva de la acción negatoria Legitimados para la oposición del matrimonio Legitimarios Lesión Ley Ley que rige la forma de los testamentos Ley que rige la validez del testamento Libertad de contenidos Libertad de contratación libertad de contratar Libertad de formas Libertad de negociación LIBRO CUARTO. DERECHOS REALES LIBRO PRIMERO - PARTE GENERAL LIBRO QUINTO. TRANSMISIÓN DE DERECHOS POR CAUSA DE MUERTE LIBRO SEGUNDO - RELACIONES DE FAMILIA LIBRO SEXTO - DISPOSICIONES COMUNES A LOS DERECHOS PERSONALES Y REALES LIBRO TERCERO. DERECHOS PERSONALES Licitación Limitación de las pérdidas Límites al dominio Linea Liquidación de la comunidad de ganancias Liquidación de la persona jurídica privada Litispendencia Locación Locación habitacional Lugar de entrega de la cosa Lugar de pago no designado Mandato Mandato a varias personas Mandato entre cónyuges Mandato irrevocable Mandato sin representación Manifestación de la voluntad Marco legal de los conjuntos inmobiliarios Matrimonio Matrimonio a distancia Matrimonio en artículo de muerte Matrimonios sucesivos Medidas provisionales en los procesos de familia Medios de prueba de los contratos Medios de pruebas del pago Medios especiales de extinción de la servidumbre Medios especiales de extinción del usufructo Medios tecnológicos. Registro de datos sensibles en soporte distinto del papel. Reuniones a distancia. Mejora a favor de heredero con discapacidad mejora natural Mejoras anteriores a la constitución del usufructo mejoras artificiales Mejoras necesarias Modalidad de la custodia Modalidad extraordinaria de celebración del matrimonio Modalidad ordinaria de celebración del matrimonio Modalidades de los actos jurídicos Modalidades especiales del contrato de consumo Modificación de régimen patrimonial en el matrimonio Modificación del reglamento modificación y adecuación del contrato Modificaciones al contrato Modificaciones en cosas y partes comunes en la propiedad horizontal Modo de contar los intervalos del derecho Modos de hacer la colación Modos de hacer la partición Modos especiales de adquisición del dominio Mora Mora automática Mora del acreedor Mora del deudor Muerte real y presunta Mutuo Nacimiento con vida Negación de alimentos Negocio en participación Nombre Normas aplicables a los títulos valores individuales Normas aplicables a títulos valores en serie Normas comunes para títulos valores Normas especiales para los servicios Normas generales de la prescripción Notificaciones a las personas jurídicas Novación Novación legal Novación por cambio de acreedor Novación por cambio de deudor Nulidad absoluta Nulidad absoluta de la adopción Nulidad de la adopción Nulidad de las obligaciones transadas Nulidad del matrimonio Nulidad del testamento Nulidad parcial Nulidad relativa Nulidad relativa de la adopción Nulidad total Nulidad y reforma de la partición Objeto de la cláusula penal Objeto de las convenciones matrimoniales Objeto de los contratos Objeto del acto jurídico Objeto del leasing Objeto del usufructo Objeto y destino de la cosa locada Objetos no reivindicables Obligación alternativa regular Obligación de alimentos Obligación de alimentos en la donación Obligación de dar cosa cierta para transferir el uso o tenencia obligación de entregar documentos Obligación de rendir cuentas Obligación de saneamiento Obligación de transferir Obligación del mutuante Obligación irregular Obligaciones a cargo de las partes en la custodia de títulos Obligaciones alternativas Obligaciones con cláusula penal y sanciones conminatorias Obligaciones concurrentes Obligaciones de dar Obligaciones de dar cosa cierta para constituir derechos reales Obligaciones de dar dinero Obligaciones de dar para restituir Obligaciones de género Obligaciones de género limitado Obligaciones de hacer y de no hacer Obligaciones de los árbitros Obligaciones de sujeto plural Obligaciones del comodante Obligaciones del comodatario Obligaciones del comprador en la compraventa Obligaciones del concedente Obligaciones del concesionario Obligaciones del consignatario Obligaciones del corredor Obligaciones del franquiciado Obligaciones del franquiciante Obligaciones del gestor Obligaciones del locador Obligaciones del locatario Obligaciones del mandatario Obligaciones del pasajero Obligaciones del usufructuario Obligaciones del vendedor en la compraventa Obligaciones disyuntivas Obligaciones divisibles Obligaciones divisibles e indivisibles Obligaciones en general Obligaciones facultativas Obligaciones indivisibles Obligaciones no compensables Obligaciones principales y accesorias Obligaciones que pueden ser afianzadas Obligaciones relativas a bienes que no son cosas Obligaciones simplemente mancomunadas Obligaciones solidarias. Disposiciones generales Obligados al pago de expensas Obra en ruina o impropia para su destino Obra por pieza o medida Obra y servicios Obstáculo al curso de las aguas Oferta de donación Oferta por medios electrónicos oferta y aceptación Opción de compra Oponobilidad del boleto en el concurso o quiebra Oportunidad de invocar la inoponibilidad Oposición a la celebración del matrimonio Orden público Otorgamiento pendiente del instrumento Otras formas de tradición Otras fuentes de las obligaciones Otros modos de extinción (de las obligaciones) Pacto de indivisión Pacto de preferencia Pacto de preferencia y contrato sujeto a conformidad Pacto de retroventa Pacto de reventa Pacto de reversión Pactos de convivencia Pactos de convivencia en las uniones convivenciales Pagar el canon convenido Pagar mejoras Pago Pago a cuenta de capital e intereses Pago a mejor fortuna Pago anticipado Pago de deudas y legados Pago espontáneo Pago indebido Pago liberatorio Pago por consignación Pago por subrogación Parentesco Parentesco por adopción Parentesco por afinidad Parte del contrato Partición Partición de la comunidad Partición judicial Partición parcial Partición por donación Partición por los ascendientes Partición por testamento Partición privada Partición provisional Patrimonio de las personas jurídicas patrimonio inicial de las fundaciones Patrimonio separado Pautas para el otorgamiento de la adopción plena Pautas para la fijación de los alimentos Pérdida de luminosidad del inmueble Perdida natural pérdida o destrucción de los libros de registro Sustracción pérdida y destrucción de títulos valores o de sus registros perdón de la indignidad Perecimiento sin culpa Permuta Persecución y preferencia Persona humana Persona jurídica Persona jurídica privada Persona menor de edad Persona menor de edad con título profesional habilitante Personalidad y Composición de la persona jurídica Personas a quienes se concede el pago con beneficio de competencia Personas humanas Personas incapaces de ejercicio Personas jurídicas privadas Personas jurídicas públicas Personas que no pueden suceder Personas que pueden ser adoptantes Personas que pueden ser curadores personas que pueden suceder Pesca Petición de herencia Plan de parentalidad Plazo Plazo del contrato de franquicia Plazo del contrato de mutuo Plazo del fideicomiso Plazo máximo de la anticresis Plazo máximo de la locación Plazo máximo del contrato de suministro Plazo mínimo de la locación de inmuebles Plazo para la entrega de la cosa Plazos de la prescripción liberatoria Plazos del derecho de superficie Pluralidad de adoptados Pluralidad de responsables del daño Poder conferido en términos generales y facultades expresas Porción legítima Posesión Posesión de estado Posesión viciosa Posesión y tenencia Prácticas abusivas Precio Precio convenido por unidad de superficie Precio de ejercicio de la opción Precio determinado por un tercero Precio en la Compraventa de cosas muebles Precio fijado por peso número o medida Preguntas de adopción Preguntas de filiación Preguntas de Matrimonio y divorcio Preguntas de parentesco Preguntas de régimen patrimonial del matrimonio Preguntas de responsabilidad parental Preguntas de uniones convivenciales Preguntas del proceso de familia Prehorizontalidad Prelación normativa en la responsabilidad civil Prelación normativa en los contratos Prenda Prenda con registro Prenda de cosas Prenda de créditos Prenda sucesivas Prenombre el adoptado Prescripción Prescripción adquisitiva Prescripción adquisitiva breve Prescripción adquisitiva larga Prescripción en el derecho internacional privado Prescripción liberatoria Prescripción y caducidad Prestaciones indivisibles Préstamo bancario Préstamo de cosas fungibles Préstamo y descuento bancario Presunción de causa Presunción de fallecimiento Presunción de filiación Presunción de onerosidad Presunción o poseedor de buena fe Presunciones relativas al pago Principal pagador Principio de buena fe Principio de conservación Principio de identidad Principio de inexcusabilidad Principio de integridad Principio de mora automática Principio de partición en especie Principios comunes comunes de restricciones a la capacidad Principios comunes de los derechos reales Principios de libertad y de igualdad Principios de los procesos de familia Principios generales de capacidad de las personas Principios generales de la responsabilidad parental Prioridad del primer embargante privación Privilegios Privilegios especiales Privilegios generales Proceso de alimentos Proceso de divorcio Proceso sucesorio Procesos de familia Procesos relativos a los derechos de lo niños niñas y adolescentes Pródigos Progenitor afín Progenitores adolescentes Prohibición de malos tratos Prohibición de variar el destino de la cosa locada Promesa de celebrar un contrato Promesa de liberación Promesa del hecho de tercero Promesa pública de recompensa Propiedad comunitaria indígena Propiedad de los fondos Propiedad fiduciaria Propiedad horizontal Protección de la confianza Protección de la vivienda familiar en la unión convivencial Prueba de la reivindicación de inmuebles Prueba de los contratos Prueba de los contratos formales Prueba del carácter propio o ganancial de los bienes Prueba del contenido de las cajas de seguridad Prueba del matrimonio Prueba del nacimiento Prueba del pago Prueba genética Prueba genética post mortem Puesta a disposición de las cosas vendidas Punición excesiva Readquisición del dominio perfecto Recepción de la cosa y pago del precio en la compraventa de cosas muebles Recibo Recompensa y subasta reconducción de la persona jurídica Reconocimiento causal Reconocimiento de la obligación Reconocimiento del hijo por nacer reconocimiento y promesa de pago Reducción de donaciones reenvio Reforma del estatuto y disolución de las fundaciones Reformas al texto de la ley general de sociedades Régimen de comunidad de bienes Régimen de cosas perdidas Régimen de mejoras en la locación Régimen de separación de bienes Régimen patrimonial del matrimonio Registro de la unión convivencial Reglamento de propiedad horizontal Reglas aplicables a la dación en pago Reglas de competencia en procesos de familia Reglas de interpretación den la compraventa de cosas muebles Reglas generales relativas a la filiación por técnicas de reproducción humana asistida Reivindicación de cosas y universalidades de hecho Relación de consumo Relaciones entre las acciones posesorias y las acciones reales Relaciones entre sublocador y sublocatario Remisión Remoción del tutor Rendición de cuentas Renta Renuncia de la herencia Renuncia del legatario Renuncia onerosa y gratuita Renuncia y remisión Reparación plena Representación Representación aparente Representación del agente Representación voluntaria representación y administración de los bienes del hijo menor de edad Representación y asistencia Representación y asistencia. Tutela y curatela Requisitos de existencia del matrimonio Requisitos de la acción directa Requisitos de la compensación legal requisitos de la obligación divisible Requisitos de la unión convivencial Requisitos del matrimonio Requisitos y procedimiento del divorcio Rescisión bilateral Reserva de gastos Resolución anticipada Resolución imputable al locador Resolución imputable al locatario Responsabilidad civil Responsabilidad colectiva y anónima Responsabilidad de funcionario y del empleado público Responsabilidad de la persona jurídica responsabilidad de los administradores de personas jurídicas Responsabilidad de los cónyuges por deudas Responsabilidad de los herederos y legatarios. Liquidación del pasivo Responsabilidad de los propietarios de casas de depósitos Responsabilidad del cargador Responsabilidad del endosante Responsabilidad del gestor por culpa Responsabilidad del hotelero Responsabilidad del principal por el hecho del dependiente Responsabilidad del transportista Responsabilidad del transportista frente al cargador Responsabilidad derivada de la intervención de cosas y de ciertas actividades Responsabilidad directa Responsabilidad parental Responsabilidad parental e instituciones de protección Responsabilidad por el equipaje Responsabilidad por el hecho de terceros Responsabilidad por evicción Responsabilidad por saneamiento Responsabilidad solidaria de los cónyuges Restitución internacional de niños Restricciones a la capacidad Resúmenes Retractación de la oferta Retractación de la renuncia a la herencia Retribución del consignatario Reversión y revocación revocación de la adopción de integración Revocación de la adopción simple Revocación y caducidad de las disposiciones testamentarias riesgos de la contratación Sanciones conminatorias Seguro obligatorio Sentencia penal posterior Señal o arras Separación judicial de bienes Servicio de caja de seguridad Servicios continuados Servicios de cheques Servidumbre forzosa Servidumbre positiva y negativa Servidumbre real y personal Servidumbres Seudónimo Siembra y plantación Silencio sobre el precio Simples asociaciones civiles Simulación Simulación lícita e ilícita Sistemas de apoyo al ejercicio de la capacidad Sistemas de contratación Situación jurídica abusiva Sociedad socia. Participaciones recíprocas Sociedad unipersonal Sociedad y persona jurídica. Sociedades entre cónyuges Solidaridad activa Solidaridad pasiva subagencia subconcesionarios Subconsorcios Subcontrato Subrogación convencional por el acreedor Subrogación convencional por el deudor subrogación legal subrogación parcial Sucesión de los ascendientes Sucesión de los colaterales Sucesión de los descendientes Sucesión del cónyuge Sucesión intestada Sucesión testamentaria Sucesiones Sucesiones intestadas Sucesiones testamentarias Sucesores Sucesores universales Sujetos del Contrato de fideicomiso Suministro Superficie Supuestos de dominio perfecto Supuestos especiales de responsabilidad Suspensión de la acción real Suspensión de la celebración del matrimonio Suspensión de la prescripción Suspensión del cumplimiento del contrato y fuerza mayor Suspensión del dictado de la sentencia civil Suspensión del suministro suspensión y rehabilitación de la responsabilidad parental Sustitución Sustitución de residuo sustitución del fiduciario Sustitución del mandato Sustitución por deterioro Sustracción Tenencia Terminación de la tutela Tesoro Testamento Testamento consular Testamento ológrafo Testamento por acto público Testamento posterior Tiempo compartido Tiempo de entrega del inmueble Tiempo de la locación Tiempo del endoso tiempo para aceptar o renunciar la herencia Tipos de adopción Titularidad de derechos Titularidad y ejercicio de la responsabilidad parental Titulo preliminar títulos con cotización pública Títulos representativos de mercaderías Títulos valores Títulos valores a la orden Títulos valores al portador Títulos valores cartulares títulos valores definitivos Títulos valores no cartulares Títulos valores nominativos endosables Títulos valores nominativos no endosables Tradición Transacción Transformación Transformación y accesión de cosas muebles Transmisibilidad de los derechos transmisión Transmisión de los derechos Transparencia de las condiciones contractuales Transporte Transporte de cosas Transporte de personas Transporte gratuito Transporte sucesivo o combinado Tratativas contractuales trato digno trato equitativo y no discriminatorio Tronco Turbaciones o desapoderamientos reciprocos Tutela Tutela dativa Tutela especial Tutela preventiva Tutor designado por los padres Unidad funcional Unión convivencial Unión de posesiones Uniones convivenciales Uniones Transitorias Uso Uso de la cosa común uso de los bienes indivisos Usufructo Usufructo a favor de varias personas venta condicional venta de cosa ajena Venta de cosa cierta que ha dejado de existir Venta de cosa futura venta del bien empeñado Vicios de los actos jurídicos vicios ocultos vicios ocultos en la donación Violación al régimen de mejoras Violencia como vicio de la voluntad Vivienda Voluntad de novar Voluntad procreacional