ARTÍCULO 2627.- Jurisdicción. Las acciones que surjan como consecuencia de la unión convivencial deben presentarse ante el juez del domicilio efectivo común de las personas que la constituyen o del domicilio o residencia habitual del demandado.
ARTÍCULO 2628.- Derecho aplicable. La unión convivencial se rige por el derecho del Estado en donde se pretenda hacer valer.
...............................................................................
FUNDAMENTOS DEL ANTEPROYECTO DE CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN.
..................................
Frente a la realidad de nuevas formas familiares, se ha regulado la “unión convivencial”, tanto en los aspectos de jurisdicción internacional como de derecho aplicable.
...............................................................................
FUNDAMENTOS DEL ANTEPROYECTO DE CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN.
..................................
Frente a la realidad de nuevas formas familiares, se ha regulado la “unión convivencial”, tanto en los aspectos de jurisdicción internacional como de derecho aplicable.